Turisme de Catalunya recurrirá el fallo, pero la asociación de anfitriones pedirá su ejecución provisional y defiende poder alquilar habitaciones a viajeros este verano en Barcelona
La regulación de las habitaciones de alquiler turístico en domicilios de particulares –la figura llamada hogares compartidos– lleva apenas un par de años de recorrido pero el debate sigue abierto.
La Associació d’Veïns i Anfitrions (ViA) recurrió a la vía judicial para mostrar su disconformidad y acaba de lograr un fallo favorable. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha decidido anular un capítulo del decreto 75/2020 de Turisme de Catalunya por defectos de forma en su tramitación. Fuentes del Govern han replicado que la sentencia no es firme y la recurrirán en los próximos días, de manera que no afecta de momento a la validez de la normativa. La misma idea ha destacado el ayuntamiento, aunque la asociación contratacará pidiendo la ejecución provisional con la idea de poder alojar a viajeros este verano.
La Generalitat incorporó esta figura en la ley de turismo, después de años en un limbo de alegalidad. Por hogar compartido se entiende el alquiler de habitaciones en viviendas particulares por corta estancia, que el Ayuntamiento de Barcelona –desde el flanco de los ‘comuns’– rechazaba de plano. Finalmente, se decidió limitarla en la ciudad a operadores que antes tuvieran una licencia de piso turístico y optasen por renunciar a aquella actividad para pasarse al alquiler de habitaciones. Algo que en la práctica supone casi la prohibición, porque ni interesa al sector ni ha permitido que los anfitriones ‘caseros’ que alquilaban cuartos en sus casas hayan podido seguir haciéndolo.