Recibir una notificación de expediente sancionador por actividad de vivienda turística es una situación que genera una angustia comprensible. La cifra que aparece en el papel —a menudo entre 3.000 y 60.000 euros— intimida. Sin embargo, que la administración haya iniciado un expediente no significa que la sanción vaya a imponerse ni, mucho menos, que vaya a cobrarse. Muchos expedientes tienen defectos que permiten su anulación total o parcial si se actúa correctamente y dentro de los plazos.
Esta guía explica paso a paso qué hacer desde el momento en que se recibe la notificación, qué errores cometidos por la administración pueden aprovecharse en la defensa, y cuáles son las vías disponibles para recurrir.
Nunca se debe firmar un acta de inspección sin leerla detenidamente. Cualquier reconocimiento de hechos puede utilizarse en contra en el expediente. Y los plazos de alegaciones son muy breves: habitualmente 15 días hábiles desde la notificación.
Paso 1: Identificar el tipo de notificación recibida
No todas las comunicaciones de la administración tienen el mismo significado jurídico. Es importante distinguir entre:
- Acta de inspección: Documento levantado por el inspector in situ, que recoge los hechos observados. Por sí sola no es una sanción: es el inicio del proceso. Se puede alegar contra su contenido.
- Acuerdo de iniciación del expediente sancionador: Notificación formal de que se abre un expediente. A partir de aquí corren plazos para presentar alegaciones.
- Propuesta de resolución: El instructor del expediente propone una sanción concreta. Se pueden presentar alegaciones en un nuevo plazo.
- Resolución sancionadora: Resolución definitiva en vía administrativa que impone la sanción. Contra ella caben los recursos ordinarios.
Entender en qué fase se encuentra el expediente es el primer paso para diseñar la estrategia de defensa más efectiva.
Paso 2: Calcular los plazos de alegaciones
Los plazos varían según la comunidad autónoma y la fase del expediente, pero como regla general:
- Tras el acuerdo de iniciación: 10 a 15 días hábiles para presentar alegaciones y proponer prueba.
- Tras la propuesta de resolución: 10 a 15 días hábiles adicionales para un nuevo pliego de descargos.
- Tras la resolución final: 1 mes para interponer recurso de alzada o reposición.
- Tras la desestimación del recurso administrativo: 2 meses para interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado.
El incumplimiento de cualquiera de estos plazos puede cerrar definitivamente esa vía de defensa. No hay excepciones.
Paso 3: Revisar el expediente en busca de defectos
La experiencia en la defensa de más de 600 expedientes sancionadores relacionados con vivienda turística permite identificar los errores más frecuentes que cometen las administraciones y que pueden fundamentar la anulación:
Defectos formales del procedimiento
- Notificación defectuosa (dirección incorrecta, ausencia de acuse de recibo, notificación en día inhábil).
- Incumplimiento del plazo máximo de resolución del expediente (prescripción).
- Falta de motivación suficiente en la resolución sancionadora.
- Ausencia de constancia de la identidad del inspector que levantó el acta.
Defectos de fondo
- Error en la calificación de la infracción (leve, grave, muy grave).
- Falta de proporcionalidad en la cuantía de la sanción impuesta.
- Acreditación insuficiente de los hechos imputados (la carga de la prueba corresponde a la administración).
- Ausencia de dolo o culpa en la conducta del propietario.
- Ignorancia normativa excusable si la plataforma no informó de las obligaciones legales.
Resultado real: En el marco de la Asociación ACABA (Afectados por el conflicto entre el Ayuntamiento de Barcelona y Airbnb), Dylan Tarín logró la anulación completa de sanciones de hasta 60.001€ ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona, por defectos de procedimiento y falta de proporcionalidad en la graduación de las multas.
Paso 4: Presentar alegaciones o recurso
Dependiendo de la fase del expediente, la defensa puede articularse a través de:
Alegaciones en fase de instrucción
Si el expediente está en fase de instrucción, se presentan alegaciones documentadas directamente ante el órgano instructor. Esta es la fase más importante: una alegación bien fundamentada puede lograr el archivo del expediente sin necesidad de llegar a los tribunales. Se pueden aportar pruebas, solicitar diligencias y proponer peritos si es necesario.
Recurso administrativo
Si se ha dictado una resolución sancionadora, el siguiente paso es el recurso de alzada (si existe órgano superior) o el recurso de reposición (si no existe). Este recurso es gratuito, no requiere abogado en vía administrativa y es un requisito previo necesario para poder acudir a los tribunales. Tiene un efecto importante: mientras está pendiente, la sanción queda suspendida y no puede ejecutarse.
Recurso contencioso-administrativo
Si el recurso administrativo es desestimado, se interpone recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. En esta vía sí es preceptiva la asistencia de abogado y procurador. El recurso puede solicitar la suspensión cautelar de la sanción, lo que impide que la administración cobre la multa mientras se tramita el procedimiento judicial.
Paso 5: Valorar la acción contra Airbnb
En los casos en que el propietario publicó el anuncio en Airbnb confiando en que la plataforma gestionaba la normativa aplicable —o en que Airbnb no informó correctamente de las obligaciones de registro y licencia—, puede existir una acción de responsabilidad civil contra Airbnb por los daños causados.
Esta vía fue pionera en España a partir de 2018, cuando el Juzgado Mercantil de Barcelona admitió a trámite la demanda colectiva interpuesta por Dylan Tarín en nombre de más de 600 anfitriones sancionados. La argumentación se basó en la competencia desleal y el incumplimiento del deber de información de la plataforma.
Conclusión: Una sanción por vivienda turística no es una condena irremediable. Con una defensa técnica adecuada y actuando dentro de los plazos, existen posibilidades reales de anularla parcial o totalmente. El primer paso es consultar con un especialista que analice el expediente concreto.
Preguntas frecuentes
¿Puedo recurrir aunque ya haya pagado la sanción?
En principio, el pago de la sanción puede interpretarse como un reconocimiento de los hechos que dificultaría el recurso posterior. Sin embargo, en determinadas circunstancias —como el pago bajo amenaza de apremio o por error— puede seguir siendo viable. Consulte el caso concreto antes de pagar.
¿Qué pasa si no recurro y no pago?
La sanción ganará firmeza y podrá ejecutarse por la vía de apremio: embargo de cuentas bancarias, nóminas o bienes. El recargo de apremio puede alcanzar el 20% adicional sobre la deuda principal. Por eso es crucial actuar dentro de los plazos.
¿Cuánto tiempo dura un recurso contencioso-administrativo?
Varía enormemente según la carga de trabajo del juzgado. En los juzgados contencioso-administrativos de Barcelona, los procedimientos ordinarios tienen una duración media de 18 a 36 meses. El procedimiento abreviado, para sanciones de menor cuantía, puede resolverse en 6 a 12 meses.